Saltar al contenido
Voz Diario
⌕ Buscar
Dólar oficial $1.570,00 +0,64%Dólar blue $1.565,00 0,00%Dólar MEP $1.569,90 -0,32%Riesgo país 805 pb +2,29%
MAR, 03 NOV 2026
Economía

Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y los plazos para volver a cobrar

La Secretaría de Discapacidad dejó sin efecto el pago de 4.329 prestaciones y intimó a otros 7.008 beneficiarios a ampliar su documentación médica.

LC
Laura CastagninoEconomía · · lectura 1 min
Pensiones por invalidez: 4.329 suspendidas y los plazos para volver a cobrar

La Secretaría de Discapacidad oficializó la suspensión de 4.329 pensiones por invalidez laboral cuyos titulares no acreditaron los requisitos médicos exigidos. Según el organismo, las personas alcanzadas no entregaron la documentación necesaria para demostrar la continuidad de su situación de discapacidad, y tienen 60 días corridos para presentar lo que falta. Si no lo hacen en ese período, la prestación no podrá ser rehabilitada.

Qué se exige para mantener o recuperar el beneficio

El requisito central es contar con un Certificado Médico Oficial que acredite una discapacidad del 66% o más. Sin ese respaldo, la prestación no puede continuar. En paralelo, otros 7.008 beneficiarios recibieron una intimación para ampliar la documentación médica que respalda su incapacidad laboral, con un plazo de 30 días hábiles para ese trámite.

Los canales habilitados para presentar la documentación

  • Oficinas de atención de ANSES.
  • Dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad.
  • Formulario de consultas del Ministerio de Salud, en argentina.gob.ar.
  • Plataforma Trámites a Distancia (TAD), con el trámite Presentación de Documentación para Pensión Invalidez.

Una vez recibida, la documentación se incorpora al expediente administrativo del titular, que es analizado por los equipos técnicos para determinar si corresponde rehabilitar el pago.

El marco normativo y judicial de la medida

La decisión se publica mediante la Resolución 3702/2026, que deja sin efecto una normativa anterior que había restablecido el cobro de estas pensiones tras un fallo judicial. La Cámara Federal de Tucumán revocó esa sentencia de primera instancia en febrero de 2026, lo que habilitó la suspensión de los beneficios comprendidos en esa causa. Para quienes dependen de esta prestación como parte de sus ingresos mensuales, el plazo empieza a correr desde la notificación individual.

LC

Comentarios

0

Todavía no hay comentarios. Sé el primero.

Seguí leyendo

Viajar en el tiempo