PAMI actualiza el acceso al subsidio social para medicamentos gratuitos y mantiene la cobertura automática para patologías graves
El organismo previsional precisa los topes de ingresos y los requisitos patrimoniales que rigen para acceder al beneficio que cubre hasta seis fármacos por afiliado, mientras que tratamientos oncológicos, diabéticos, de VIH, hepatitis y discapacidad conservan la cobertura plena sin evaluación socioeconómica.
Roberto Schneider, desde la sección Campo y agroindustria, informa que el Programa de Atención Médica Integral (PAMI) mantiene vigente el mecanismo de subsidio social que permite a sus afiliados retirar medicamentos ambulatorios sin costo, en el marco de una política destinada a garantizar el acceso a tratamientos farmacológicos para sectores de la tercera edad con capacidad económica limitada. El beneficio contempla hasta seis medicamentos por persona y su aprobación queda sujeta a la evaluación de la Unidad de Gestión Local (UGL) correspondiente, mientras que los casos que excedan esa cantidad son derivados al Nivel Central del organismo para un análisis pormenorizado.
Requisitos económicos y patrimoniales que rigen en septiembre de 2026
El requisito central del esquema es de carácter económico. De acuerdo con la información proporcionada por PAMI, el afiliado solicitante no debe superar el equivalente a 1,5 haberes mínimos previsionales. Para septiembre de 2026, ese umbral se ubica en 629.663,89 pesos mensuales, composición que resulta de sumar el haber mínimo vigente de 419.775,93 pesos y el bono extraordinario de 70.000 pesos dispuesto por el organismo. En aquellos hogares donde algún integrante figure como titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD), el tope se eleva hasta tres haberes mínimos previsionales.
A la condición de ingresos se suman otros requisitos patrimoniales que el organismo considera necesarios para acreditar la vulnerabilidad socioeconómica. Los aspirantes no deben ser propietarios de un inmueble distinto a la vivienda habitual, no deben contar con un vehículo con menos de diez años de antigüedad —salvo en los casos en los que exista un titular de CUD dentro del grupo conviviente— y tampoco deben poseer activos societarios que demuestren capacidad económica plena, conforme a los criterios administrativos que aplica el instituto.
Vías de excepción y cobertura automática para enfermedades prevalentes
- Cobertura automática del 100% para tratamientos oncológicos, sin evaluación de ingresos ni patrimonio.
- Acceso pleno para medicamentos vinculados a diabetes, VIH y hepatitis, en todos los casos.
- Cobertura total para afiliados con discapacidad, conforme a los Convenios Multipartitos vigentes.
- Vía de reconsideración por vulnerabilidad sociosanitaria para quienes superen el tope pero destinen al menos el 15% de su ingreso previsional al pago de medicamentos.
El esquema contempla, además, una instancia de reconsideración destinada a aquellos afiliados cuyos ingresos superan el umbral establecido pero que destinan una proporción significativa de su haber al pago de medicamentos. Cuando ese porcentaje alcanza o supera el 15% del ingreso previsional mensual, PAMI puede otorgar la cobertura total, previa evaluación del solicitante a través de una escala de vulnerabilidad sociosanitaria definida por el propio organismo, lo que permite contemplar situaciones de gasto catastrófico en salud.
Procedimiento para iniciar el trámite y modalidades de retiro
El trámite para acceder al beneficio puede iniciarse por vía digital o de manera presencial, sin costo alguno para el solicitante. La gestión digital se realiza a través del sitio web oficial de PAMI, en la sección destinada a trámites, donde debe seleccionarse la opción «Medicamentos sin cargo por subsidio social». El formulario de carga solicita número de afiliación, documento nacional de identidad y datos de contacto, y puede ser completado por el propio jubilado, por un familiar directo o por un apoderado legalmente constituido. Para quienes opten por la modalidad presencial, la presentación se efectúa en la agencia o UGL más cercana al domicilio, con turno previo obtenido a través del mismo portal institucional.
Una vez aprobado el subsidio por la UGL interviniente, el beneficiario queda habilitado para retirar los medicamentos en cualquier farmacia adherida a la red del PAMI, mediante la presentación de la receta emitida por un profesional médico del sistema. Los veteranos de la guerra del Atlántico Sur constituyen una excepción a los requisitos generales, dado que acceden al beneficio sin necesidad de acreditar las condiciones socioeconómicas fijadas para el resto de los afiliados, aunque deben cumplimentar igualmente la solicitud administrativa correspondiente. La recomendación práctica que surge del procedimiento es que los adultos mayores consulten periódicamente su situación frente al instituto, dado que los topes de ingresos y los requisitos patrimoniales pueden actualizarse conforme a las variaciones del haber mínimo previsional y a eventuales ajustes normativos dispuestos por el organismo.
— Roberto Schneider, Campo y agroindustria.
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