El personal de casas particulares encara el último tramo del año con subas salariales escalonadas y nuevos montos mínimos por categoría
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares dispuso incrementos mensuales entre agosto y diciembre, con ajustes del 1,7% en octubre y del 1,6% en noviembre y diciembre, e incorporó al básico parte de la suma no remunerativa que se abonaba por separado.
El personal de casas particulares percibe desde el 1° de octubre nuevos salarios mínimos, luego de que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares aprobara, mediante la Resolución 6/2026, un esquema de incrementos mensuales aplicable al período comprendido entre agosto y diciembre del corriente año. De acuerdo con lo dispuesto por el organismo, las subas fueron del 1,9% en agosto, del 1,8% en septiembre, del 1,7% en octubre y del 1,6% tanto en noviembre como en diciembre, aplicables tanto a las remuneraciones mensuales como a los valores por hora, en la totalidad de las categorías contempladas por la normativa.
El ajuste alcanza al universo de trabajadores registrados bajo el régimen de casas particulares, en el que se incluyen distintas modalidades de contratación según la cantidad de horas semanales y la presencia o no de retiro del domicilio del empleador. Las nuevas escalas impactan de manera directa en los haberes del último trimestre, en un contexto en el que las partes buscan ordenar la evolución de los ingresos del sector de cara al cierre del ejercicio.
Incorporación al básico de parte de la suma no remunerativa
Adicionalmente, a partir de octubre se dispuso la incorporación al salario básico del 50% de la suma no remunerativa que se venía abonando desde agosto. Ese monto varía en función de la cantidad de horas semanales trabajadas, con un piso de 8.000 pesos y un techo de 20.000 pesos. La medida apunta a avanzar en la regularización de la estructura salarial del sector, reduciendo el componente no remunerativo dentro de la liquidación.
Adicionales, recargos y antigüedad
La normativa contempla dos adicionales específicos. El primero consiste en un plus del 31% sobre los haberes para aquellas relaciones laborales cuyo domicilio de trabajo se encuentre en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, así como en el Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires. El segundo corresponde al adicional por antigüedad, que se calcula al 1% del salario por cada año de servicio cumplido con el mismo empleador, tomando como base exclusivamente los años transcurridos en esa relación laboral en particular.
En lo que respecta a las horas extra, el esquema vigente establece un recargo del 50% sobre el valor horario normal cuando se trate de jornadas adicionales en días comunes. Ese porcentaje se eleva al 100% en los casos en que el trabajo se preste los sábados después de las 13, los domingos o los feriados. De este modo, la liquidación mensual del personal de casas particulares contempla distintos componentes que varían según la categoría, la modalidad de trabajo, la zona geográfica y la antigüedad acreditada ante cada empleador.
- Subas del 1,9% en agosto, 1,8% en septiembre, 1,7% en octubre y 1,6% en noviembre y diciembre.
- Incorporación al salario básico del 50% de la suma no remunerativa abonada en agosto, con montos entre 8.000 y 20.000 pesos según horas semanales.
- Adicional por zona del 31% para domicilios en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida, Islas del Atlántico Sur y Partido de Patagones.
- Adicional por antigüedad del 1% por cada año trabajado con el mismo empleador, calculado sobre esa relación laboral.
- Recargo del 50% por horas extra en días comunes y del 100% los sábados después de las 13, domingos y feriados.
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