Cuánto paga la ley a una empleada doméstica con jornada reducida en septiembre y cómo se arma el adicional
El nuevo piso salarial para cuatro horas semanales, el ajuste del 1,8% y la integración progresiva de la suma extraordinaria de agosto, según la categoría y la modalidad de retiro del hogar.
La escala salarial vigente para el personal de casas particulares fija en septiembre un piso de 15.658,56 pesos para una empleada que cumple cuatro horas semanales con retiro del hogar en tareas generales, y un techo de 20.198,32 pesos para una supervisora sin retiro en la misma cantidad de horas, de acuerdo con los valores mínimos definidos por la normativa. La franja intermedia refleja diferencias por categoría y por la condición de residencia en el lugar de trabajo. Vamos a los números.
Los valores por cuatro horas semanales
El cuadro de septiembre para la jornada reducida muestra una estructura escalonada. El piso más bajo corresponde al personal de tareas generales con retiro, con 15.658,56 pesos, que resulta de multiplicar por cuatro el valor horario de 3.914,64 pesos. Las trabajadoras de tareas generales sin retiro perciben 16.743,76 pesos por la misma carga horaria, a un valor de 4.185,94 pesos la hora. Las asistentes y cuidadoras de personas cobran 16.743,76 pesos con retiro y 18.567,60 pesos sin retiro. Los caseros, que viven en la vivienda donde prestan servicio, tienen un único valor: 16.743,76 pesos por cuatro horas semanales.
Las categorías con remuneración más alta son las de tareas específicas y supervisión. En tareas específicas, el rango va de 17.690,16 a 19.239,20 pesos según la modalidad de retiro. Las supervisoras encabezan la escala: desde 18.581,32 pesos con retiro hasta 20.198,32 pesos sin retiro. Cuando una empleada cumple funciones que corresponden a más de una categoría, la normativa indica que debe encuadrarse según la actividad principal que realiza de manera habitual, y esa definición determina el piso horario aplicable.
El ajuste del 1,8% y la integración de la suma extraordinaria
- Septiembre: aumento del 1,8% sobre los valores de agosto.
- Octubre: incremento del 1,7% sobre los valores de septiembre.
- Noviembre: incremento del 1,6% sobre los valores de octubre.
- Diciembre: incremento del 1,6% sobre los valores de noviembre.
A ese cronograma se agrega la incorporación gradual de una suma extraordinaria que se pagó en agosto. Las trabajadoras con menos de doce horas semanales percibieron ese mes un adicional de 8.000 pesos. Ese importe se integra al salario básico en tres tramos: 2.000 pesos en septiembre, 4.000 pesos en octubre y 2.000 pesos en noviembre, hasta completar el total. De este modo, el básico de septiembre refleja el 1,8% de aumento sobre agosto más la primera cuota de la suma no remunerativa convertida en remunerativa.
Para quienes trabajan en modalidad mensual, los valores de septiembre corren por carriles separados. El mínimo para tareas generales con retiro llega a 480.247,85 pesos y sin retiro a 529.261,78 pesos. Las supervisoras mensualizadas perciben desde 579.493,14 pesos con retiro hasta 640.641,55 pesos sin retiro.
Qué mirar en el próximo dato
La escala fija pisos legales y los empleadores pueden acordar remuneraciones superiores. En los meses siguientes habrá que seguir de cerca la confirmación del 1,7% de octubre y, sobre todo, la segunda cuota de la suma extraordinaria, que en ese mes es de 4.000 pesos y representa la mayor parte de la integración. También conviene revisar si la actividad principal de la trabajadora se modifica, ya que un cambio de encuadre puede alterar el piso aplicable.
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