Subsidio de Contención Familiar: ANSES mantiene el pago único de $15.000 para gastos de sepelio de jubilados y pensionados
El beneficio, creado en 2006 y modificado en 2020, se tramita por internet o de manera presencial y puede ser solicitado por familiares, convivientes o herederos del fallecido.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene vigente el Subsidio de Contención Familiar, una prestación económica destinada a reintegrar de manera parcial los gastos de sepelio, cremación o inhumación de jubilados y pensionados fallecidos, y cuyo monto se mantiene en un pago único de $15.000 desde su última actualización, sin que el organismo haya dispuesto incrementos nominales desde entonces.
De acuerdo con la información difundida por el organismo previsional, pueden acceder al beneficio todas aquellas personas que hayan abonado los costos del servicio funerario, con independencia de su vínculo de parentesco, siempre que acrediten dicho pago mediante una factura emitida a su nombre. En los casos en los que no exista comprobante fiscal a nombre del solicitante, la ANSES establece un orden de prioridad que ubica en primer lugar al viudo o conviviente del fallecido, luego a los hijos con derecho a pensión por fallecimiento y, finalmente, a los herederos sin derecho a pensión, siempre que no existan otros reclamantes con preferencia.
Plazos y documentación requerida
El plazo para iniciar la solicitud es de un año contado desde la fecha de fallecimiento del jubilado o pensionado, y quienes se encuentren tramitando simultáneamente la pensión por fallecimiento pueden peticionar el subsidio en el mismo momento, sin necesidad de aguardar la resolución de aquella prestación.
- Familiares con derecho a pensión: deben presentar la resolución que acredite esa prestación y el formulario PS.6.296.
- Herederos sin derecho a pensión: deben completar los formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259 y PS.6.286, según corresponda al caso particular.
- En determinadas situaciones también se aceptan constancias emitidas por cooperativas de energía, gremios, mutuales o compañías de seguros, siempre que permitan acreditar el vínculo o el pago.
Para iniciar el trámite por internet, los interesados deben ingresar al portal de ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social, seleccionar la opción «Solicitud de Subsidio de Contención Familiar» y completar el procedimiento con la constancia de CBU bancaria y la documentación respaldatoria a mano. Quienes opten por la modalidad presencial deberán solicitar previamente un turno en cualquiera de las oficinas del organismo previsional distribuidas en el territorio nacional.
El Subsidio de Contención Familiar fue creado en 2006 mediante normativa específica del organismo y luego modificado en 2020, en una reforma que tuvo por objetivo ampliar los grupos de personas habilitados para acceder al beneficio, incorporando expresamente a convivientes, herederos sin derecho a pensión y otros sujetos que anteriormente quedaban excluidos del reconocimiento. La actualización normativa no alteró el monto nominal de $15.000 establecido en su origen, por lo que el valor real del beneficio se ha visto erosionado por el efecto acumulado del proceso inflacionario que atravesó la economía argentina durante el período considerado.
Comentarios
0Todavía no hay comentarios. Sé el primero.